PROTOCOLO DE ESPARCIMIENTO

«ACTIVIDADES RECREATIVAS
DEPORTIVAS NO COMPETITIVAS INDIVIDUALES»

 

El COE Central ha habilitado nuevas flexibilizaciones para algunas actividades recreativas deportivas, individuales, no competitivas. Podrán realizarse caminatas deportivas, ciclismo,tenis, paddle y golf en el horario especial de 9 a 18 hs, respetando los nuevos protocolos. El running aún no está autorizado.

Actividades autorizadas:

•Caminatas deportivas. No está autorizado aún el running.
•Ciclismo.
•Tenis.
•Paddle.
•Golf.

Disposiciones para el deportista:

•La actividad se realizará de lunes a domingo de 07:00 a 13:00 hs.

•Estan prohibidas las aglomeraciones de personas, antes, durante o después de la actividad.

•Evitar compartir todo tipo de elementos deportivos.

•Evitar compartir recipientes de agua y toda otra bebida o alimento.

•Evitar el diálogo entre las personas.

•Al frenar o detenerse, mantener una distancia mínima de tres metros.

Condiciones para el deportista:

•Participar con su propio equipamiento.

•Guardar el distanciamiento físico.

•Salir de su casa vestido con su ropa deportiva y su equipamiento debidamente higienizado.

•Llevar sus propios elementos de protección (barbijo, alcohol en gel, toalla, guantes, etc.)

•Trasladarse individualmente en su propio medio de transporte (auto, moto, bicicleta).

•En ninguna circunstancia se debe compartir el equipo deportivo o el artículo con el que se juega (pelota de cualquier tipo).

•Al terminar la actividad deportiva, no se podrá cambiar, ni bañar en la institución y deberá regresar a su casa sin detenerse en reuniones grupales.

•Las instalaciones no deportivas (vestuarios, confiterías, club house, etc.) no están habilitadas para funcionar.

•En la casa se procederá al lavado de la ropa deportiva y la higienización del equipamiento utilizado.

•En instituciones deportivas, es obligatorio tener un turno para la práctica. Debe presentarse a cumplir ese turno no antes de 15 minutos previos.

•Al no ser competitivas no se permite la participación de árbitros, jueces u otro tipo de control.

•Cuando en virtud de la regla del juego, haya que compartir un espacio específico (por ejemplo, el tee de salida en golf) los que no juegan deben mantener el distanciamiento.

•Cuando la práctica requiere un ámbito especial (cancha) en una institución pública o privada, están habilitados para jugar los socios residentes en esa ciudad o en las vecinas donde no se pueda realizar esa práctica.

•Donde se cobre por la práctica se privilegiará el pago electrónico, que es preferible que sea previo.

•En todos los casos rige un protocolo específico de la práctica, aprobado por las autoridades competentes. La Federación o Asociación que rija ese deporte, es la responsable de elaborar el protocolo específico.

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